De conformidad con lo establecido en el art. 76 de la Ley 18.250 y su Decreto Reglamentario 330/08, todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida residir definitivamente en el país, podrá introducir por única vez, libre de todo trámite cambiario y exento de toda clase de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos: los enseres del hogar, herramientas o máquinas de su profesión y un vehículo a motor. En el caso del vehículo, para poder ingresarlo deberá haberlo tenido en su poder con un mínimo de un año de antigüedad al momento de iniciar el trámite de retorno.
A los efectos de informarse más detalladamente, se adjunta el manual correspondiente, y la normativa aplicable.
Puede acceder al MANUAL PARA EL RETORNO desde AQUÍ
También puede informarse en el siguiente enlace del Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay: https://www.gub.uy/ministerio-relaciones-exteriores/manual-retorno
Para confeccionar la lista de enseres y/o herramientas, podrá descargar
los formularios desde aquí:
Respecto a los productos que puede
o no ingresar a Uruguay se sugiere visitar el siguiente enlace: https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/politicas-y-gestion/se-puede-no-se-puede-traer-uruguay
IMPORTANTE
- Se indica que la documentación para la tramitación de retorno amparado en la ley 18.250 deberá ser entregada en su totalidad al menos 40 días antes del envío de los enseres, vehículo y/o herramientas, así como de la fecha de viaje del solicitante.
- En caso de dudas puede comunicarse con esta Oficina Consular por teléfono al 962 062 593 (de 8 a 15 hs) o por correo electrónico a cgvalencia@mrree.gub.uy
Cursos gratuitos para uruguayos
que retornan:
En el marco del Acuerdo entre el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) y el Ministerio de Relaciones Exteriores, se ha convenido que los uruguayos que retornan al país en forma definitiva puedan acceder a cursos de capacitación, a los efectos de que puedan formarse virtualmente y recibir certificación sin costo (se anexa documento informativo). En ese sentido, se reitera que este beneficio está destinado a aquellos nacionales que se encuentren próximos a retornar, por consiguiente, se solicita que la persona interesada manifieste, por esta vía, de forma expresa su intención de retornar.
Para más información haga clic aquí.